Michael Andrés Arce Méndez

Fotomontaje: PlanV

RESPALDOS

La historia de Michael Andrés Arce Méndez se remonta al 2011. En ese año ingresó a la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro (Esmil) de Quito. A sus 19 años buscaba convertirse en el primer general negro del Ecuador. Pero esa aspiración pronto quedó truncada. Abandonó la institución porque fue discriminado, castigado y tratado de forma diferente por su raza. Fue el primer caso de odio racial que fue judicializado en el país y en contra de las Fuerzas Armadas.

Durante el reclutamiento, el cadete fue obligado a realizar ejercicios físicos excesivos. En muchas ocasiones no se le permitía comer, o era obligado a hacerlo del piso o se le impedía ir comedor junto a sus compañeros. A Arce le ordenaron que realice turnos a semana seguida, sin relevo y sin descanso. Fue calificado como inútil, sucio, vago, inservible. Debió cargar por mucho tiempo una piedra grande en su maleta. Fue obligado a salir de la ducha para que se arrastre en la tierra. Debió permanecer más tiempo que el resto de cadetes en la piscina de agua fría, lo que le causó hipotermia. En horas de la madrugada fue obligado a ducharse en agua fría. Luego le aplicaban gas picante. Fue forzado a boxear hasta en 10 peleas con tres compañeros al mismo tiempo, que le ocasionaron una fractura en la nariz y un esguince en el brazo derecho; no le dejaron salir al policlínico. Le impusieron pelear con mujeres que, en el régimen militar, era una manera de desvalorizarlo. Además se le entregó un fusil en mal estado. Antes de su salida, habría sido humillado frente a sus compañeros del pelotón.

Tras dejar la Esmil, el excadete puso una denuncia en la Defensoría del Pueblo que luego pasó a la Fiscalía. El teniente Fernando Encalada, quien fue su instructor, fue acusado por el delito de odio racial que tiene penas entre uno y tres años. Fue señalado por someter a Arce a prácticas humillantes. Fue detenido en marzo de 2013 y llevado a la Cárcel N. 4 de Quito. Pero nueve meses después, el teniente fue declarado inocente por Tribunal Séptimo de Garantías Penales de Pichincha.

La Fiscalía apeló y pidió la nulidad de la sentencia porque los jueces no tomaron en cuenta algunos testimonios presentados en la audiencia.  El recurso fue aceptado. En noviembre de 2015, la Corte Provincial de Justicia de Pichincha sentenció a Fernando Encalada a 5 meses y 24 días de privación de la libertad. La condena fue ratificada por la Corte Nacional de la Justicia en julio de 2016.

Los jueces dispusieron que Arce y el sentenciado Fernando Encalada reciban tratamiento psicológico. El teniente fue sancionado además con la cancelación de daños y perjuicios y costas procesales. Asimismo, las Fuerzas Armadas tenían que publicar la sentencia en su portal electrónico y en sus medios de difusión oficial. Pero hasta la fecha, aún no cumple esa disposición en su web. Por último, la Esmil debía pedir disculpas públicas a Arce, como medida de reparación integral.

Pero ese acto se convirtió en una nueva discriminación para Arce. El 10 de julio de 2017, el excadete acudió a la Esmil donde el militar Fernando Encalada leyó un documento y se marchó tras afirmar que “ante Dios no cometió ningún delito”. El acto se hizo en el parqueadero de la Escuela Militar. Arce y su abogado, Juan Pablón Albán, rechazaron el acto y las disculpas. Arce dijo sentirse nuevamente discriminado.

La Defensoría del Pueblo también desaprobó que se haya usado ese espacio para la reparación integral. Sostuvo que el sector del monumento a Tiwintza, ubicado en la parte trasera de la Esmil, no prestó las condiciones adecuadas para un acto formal, solemne e idóneo. La institución recordó que Arce ingresó y salió por la puerta principal de la Esmil y realizó sus actividades de formación en la zona de Pucará al interior de éste recinto, sitio donde ocurrieron los hechos que vulneraron sus derechos y en donde se debió realizar el acto reparatorio. El Ejército, en un comunicado, dijo que había informado sobre el lugar para el acto sin que las partes presentaran alguna objeción. La Fiscalía dijo que ese acto no se constituyó en una reparación integral.