Ecuador legaliza el agua que no existe

En Chillanes, el frío es intenso. Sus tardes son nubladas y las temperaturas caen a los 13 grados. Está a 2.500 metros sobre el nivel del mar y las lloviznas son parte de su paisaje. Es un cantón de Bolívar que está ubicado al sur de esa provincia. Conecta la Sierra con la Costa y esa transición de climas la vuelve en un paraíso para la agricultura de todo tipo. A su alrededor se observan grandes pastizales y vacas.

En el centro de esta población está la oficina del Proyecto Socio Ambiental Dulcepamba, el nombre del río que baña a Chillanes y a su cantón aledaño San Miguel. Ese equipo ha encabezado y sostenido los reclamos de los habitantes de la cuenca hidrográfica de ese río. Lo que buscan es legalizar su acceso al agua. Es decir que, en documentos, el Estado reconozca sus derechos al líquido vital como habitantes y agricultores como lo establecen las leyes ecuatorianas. E identifican a su principal opositor: Hidrotambo. En los últimos años, los pobladores y la hidroeléctrica privada han librado una disputa inédita en los tribunales por el acceso a ese recurso.

Imagen aérea donde se puede observar la hidroeléctrica privada, el río Dulcepamba y la población de San Pablo de Amalí.
Foto: Mongabay

Pero en esa lucha, resalta la comunidad San Pablo de Amalí, que pertenece a Chillanes. Sus agricultores primero se opusieron a la construcción de la hidroeléctrica que se hizo frente a ese pequeño pueblo. Hubo enfrentamientos, heridos y juicios contra los reclamantes. Los incidentes demoraron la construcción de la obra, pero finalmente esta empezó a operar en el 2013. La llegada de Hidrotambo derivó en otro conflicto. La hidroeléctrica desvió el caudal del río y eso provocó —asegura la gente y entidades estatales— la tragedia de marzo de 2015 cuando el Dulcepamba arrasó con 12 casas y se llevó tres vidas. La empresa lo niega (ver la primera entrega).

A estas disputas se suma la del agua. Pero las denuncias de los agricultores han ido más allá: el Estado ecuatoriano está concesionando agua que no existe. Para entender este conflicto es necesario revisar la ley. La Constitución y la Ley del Agua (artículo 86) establecen que el orden de prelación o la prioridad que se dará al agua será el siguiente: consumo humano, riego, caudal ecológico y finalmente actividades productivas de las compañías como Hidrotambo. Pero en esta zona del país, al parecer, el orden empieza por el final.

San Pablo de Amalí está una hora abajo del cantón Chillanes. Su clima es cálido y allí se cosechan productos de la Costa como cítricos.

La hidroeléctrica y los agricultores comparten y disputan el Dulcepamba. El Estado concesionó a la empresa el uso de 6,5 m3 de agua por segundo, es decir 6.500 litros de agua por segundo para la generación de 44,998 MWh de energía. Una cantidad que no existe en el río, según los denunciantes. Esa resolución tomó menos de un año. El pedido de la empresa llegó a la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas el 12 de octubre de 2016. En los meses siguientes se hicieron las inspecciones y los trámites para la adjudicación que finalmente se dio el 20 de septiembre de 2017. En el medio, hubo un reporte técnico elaborado por la Dirección de Recursos Hídricos, que ya advertía que Hidrotambo no había presentado un estudio completo sobre el caudal ecológico (la cantidad de agua que se requiere para mantener un nivel adecuado de salud en el ecosistema). La entidad pidió sustento técnico a Hidrotambo de su pedido. Pero la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), que certifica la disponibilidad de ese recuerso en una zona, recomendó la autorización y así se hizo.

Pero ese caudal concesionado no existe. El tiempo ha dado la razón a los campesinos vecinos del río. La misma Secretaría Nacional del Agua (Senagua), en un informe del 19 de octubre de 2018, reconoció las fallas de la ARCA. Halló inconsistencias técnicas y sobreestimaciones de la cantidad de agua disponible. En ese documento, la entidad rectora del Agua en Ecuador explicó que la ARCA hizo los cálculos usando años en los que se ha presentado el Fenómeno del Niño. “Al considerar estos extremos lluviosos se distorsiona la disponibilidad real de la cuenca (…) lo extraordinario no puede gobernar lo ordinario”.

Las distorsiones fueron abismales. El informe cita, por ejemplo, que en diciembre el valor promedio es 3.17 m3/s pero en el informe del ARCA estaba en 56.10 m3/s. “(Esa cifra) suma casi lo mismo o prácticamente lo mismo que todos los restantes 29 meses de diciembre que conforman el período usado”, cuestiona el reporte oficial. Las distorsiones se incrementan en época de sequía. Ese informe técnico recomendó no autorizar un caudal de 6.500 litros de agua por segundo de forma permanente a Hidrotambo. Pero han pasado ocho meses de ese informe y aún no se resuelve el conflicto.

El río Dulcepamba es usado por la empresa Hidrotambo para su hidroeléctria. El Estado le concesionó 6.500 litros de agua por segundo, cuando en sequía su caudal apenas llega a los 2.000 litros por segundo. Foto: Equipo Proyecto Dulcepamba

De estas cantidades exorbitantes para la empresa saben los líderes de las comunidades aledañas. Darwin Paredes, de El Naranjal y miembro del Proyecto Dulcepamba, asegura que la cantidad de agua otorgada a Hidrotambo —6.500 litros por segundo— es tres veces superior a lo que normalmente existe en el río en época de estiaje —2.000 litros por segundo—. Estima que a lo largo de la cuenca hidrográfica del Dulcepamba al menos 140 comunidades han sido afectadas, entre ellas poblaciones indígenas, por la oposición “tenaz” de Hidrotambo a los pedidos de legalización de los agricultores. El momento más crítico es en verano pues los productos que producen necesitan de mayor riego en esa época.

Eduardo González, abogado de Hidrotambo, lo niega. En una entrevista a Plan V, asegura que la autorización de agua otorgada a la empresa corresponde “al volumen técnicamente determinado tanto por la Senagua y verificado, autorizado y corroborado por la ARCA”. La hidroeléctrica —dice— no requiere de un caudal superior al que su capacidad física le permite para la captación de agua. “No tiene sentido que se le otorgue un caudal superior al que la potencia de generación requiere. Que se le de un volumen, el triple, es una afirmación que no corresponde a la realidad, ni tiene sustento lógico”.

 

Pero hay otro estudio sobre cuánta agua tiene el río. Lo hicieron investigadores del Center for Watershed Sciences (Centro de Ciencias de Cuenca Hidrográficas) de la Universidad Davis de California, a pedido del Proyecto Dulcepamba y de los habitantes de San Pablo de Amalí. Su objetivo fue realizar un análisis forense de qué sucedió en marzo de 2015 cuando el río se llevó 12 casas y murieron tres personas del pueblo. En ese estudio se hizo un modelo hidrológico para saber cuánta agua existe en la cuenca del río e incluyó datos desde hace 60 años. Así concluyeron, por ejemplo, que entre 2010 y 2017 en el sitio de captación del agua por la hidroeléctrica no ha existido 6.500 litros por segundo durante el 83% del tiempo analizado.

Rachel Conrad, quien dirige el Proyecto Dulcepamba, explica que al calcular la cantidad de agua que necesitan las comunidades campesinas río arriba existiría menos líquido. “Si se respetara la prelación de usos del agua en la cuenca, existiría aún menos agua para la hidroeléctrica por lo que la Senagua debería revertir o modificar la autorización de agua dada a la empresa”.

 

En el medio han quedado en la incertidumbre cientos de pedidos de los agricultores. Paredes afirma que son 500 solicitudes, que representan entre 3.000 y 4.000 habitantes, que no han tenido una resolución porque Hidrotambo se opone a ellos. Estos pedidos —manifiesta— son en pequeña escala: entre uno y cinco litros para la soberanía alimentaria. “Unos procesos llevan dos, tres, cuatro años. Mientras que a Hidrotambo le han dado en meses la concesión”. La preocupación por el acaparamiento del agua por parte de la empresa la han escalado hasta las más altas autoridades locales y nacionales sin mayor éxito.

El abogado de la empresa dice que esas afirmaciones no son ciertas. Asevera que Hidrotambo no se ha opuesto a la legalización del agua de los agricultores porque a nadie se le puede negar ese derecho. Según él, hay casos en los que se han “requerido volúmenes hídricos superiores a la necesidad de cada uno de los peticionarios”. Es allí cuando la empresa pide que a esos ciudadanos se les asigne los volúmenes que realmente necesitan, según el jurista. “Pero (que) no se dé paso a peticiones ampulosas, que se están requiriendo volúmenes injustificados, con el propósito que disminuya el caudal del agua con el que se abastece el proyecto hidroeléctrico”.

Imagen del río Dulcepamba tomada en febrero pasado. Pasando la población San Pablo de Amalí se ve seco.

Pero la empresa se ha opuesto hasta a pedidos mínimos de agua. Es el caso de Celestino Beltrán, un agricultor de la comunidad Undushi (Chillanes) que solicitó 0.0035 litros por segundo para su consumo, su caballo, dos chanchos, 35 aves y un perro. Esa  agua —narra el campesino— la ha usado desde hace 28 años. Pero Hidrotambo se opuso. Calificó de ilegal la demanda porque Beltrán no justificó ser el propietario del terreno para el cual pide el agua. Para la empresa esa solicitud y otras 800 más —que asegura existen— tienen el objetivo de “boicotear” el funcionamiento de la hidroeléctrica. El agricultor respondió que el derecho al agua lo tienen todos los ciudadanos, como lo establece la ley.

También fue el caso de Virgilio Gaibor, agricultor de la comunidad de Tablaspamba de Undushi (Chillanes). Él solicitó 0.0025 litros de agua por segundo para su consumo y la crianza de 50 aves. En ambos casos los pedidos se hicieron con base a los cálculos que establece la Senagua. Pero Hidrotambo también dijo que el requerimiento era ilegal y se opuso con los mismos argumentos que en el caso anterior. En ninguna de estas peticiones mínimas la empresa abrió la posibilidad de que los agricultores reformulen sus pedidos, si estos supuestamente son exageradas.

Ambas cantidades requeridas por los agricultores equivalen aproximadamente a una cucharada de agua por segundo para ellos y sus animales. Hidrotambo, en cambio, tiene concesionada el equivalente al agua de 28 bañeras (o tinas de baño de 230 litros cada una) por segundo.

La empresa, en sus oposiciones, aprovecha para descalificar al equipo del Proyecto Dulcepamba y tacha de “obstinados a un reducidísimo grupo de ciudadanos” de San Pablo de Amalí. Según Hidrotambo, los miembros del equipo del Proyecto Dulcepamba han ofrecido supuestamente equipos de riego a cambio de que los campesinos se opongan a la hidroeléctrica y planteen pedidos de legalización del agua. Rachel Conrad niega esas acusaciones y cree que esas denuncias son parte del hostigamiento de la empresa a los campesinos y al Proyecto Dulcepamba. Ella es analista ambiental de nacionalidad estadounidense y cuenta que la empresa incluso ha pedido que se investigue su estado migratorio. Ella es voluntaria y tiene una visa como profesional. Está en el país desde hace seis años. Y tiene otro argumento para desmentir las acusaciones de la empresa: el conflicto entre la hidroeléctrica y las comunidades empezó en el 2004.