Matrimonio igualitario: la larga lucha LGTBIQ+

Fotomontaje: PlanV

La población LGTBIQ+ ha sido discriminada y violentada. Así lo demostró una encuesta del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), en 2013. Del total de entrevistados, el 70,9% reportó que vivieron alguna experiencia de discriminación en su entorno familiar de los cuales el 72,1% sufrió algún tipo de experiencia de control, el 74,1% experimentó algún tipo de imposición, el 65,9% sufrió rechazo y el 61,4% violencia. Pero también el 94% dijo haber sufrido gritos, insultos, amenazas y burlas de parte de agentes del orden; y un 45,8% ha sido detenido de forma arbitraria.

La lucha por matrimonio civil igualitario ha sido una de sus principales banderas en su búsqueda por la no discriminación y el acceso igualitario de derechos. “No es una lucha para reivindicar esta institución, es una lucha por la dignidad e igualdad ante la ley. Mientras se siga negando el acceso a este contrato civil, seguirán siendo ciudadanos/as de segunda a quienes el Estado y el Gobierno dicen en la cara que no reconocen sus familias, en el mismo nivel que las heteronormadas; esto es discriminación”, ha dicho Pamela Troya, una de las principales activistas LGTBIQ+ del Ecuador.

Estos son algunos hitos sobre la lucha de las familias diversas para las leyes ecuatorianas permitan el matrimonio igualitario:

 

  • En 2008 se aprobó la última Constitución del Ecuador. Esta, a decir de organizaciones que defienden los derechos de las personas LGTBIQ+, abrió la posibilidad de la inclusión y la no discriminación de este sector. Por primera vez en varios de sus artículos que se menciona los derechos que los asisten.
  • El artículo 67 de la Carta Magna reconoce la familia en sus diversos tipos. Pero al mismo tiempo dejó establecido que el matrimonio civil es la unión entre un hombre y una mujer. Para este sector, esa disposición en la Constitución los discrimina por la orientación sexual. De igual manera, el artículo 81 del Código Civil señala que el matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.
  • El informe de de la Organización Ecuatoriana de Mujeres Lesbianas, del Matrimonio Civil Igualitario y de la Red Internacional de Derechos Humanos, enviado al Comité de DDHH de la ONU en 2016 para el Examen Periódico del Ecuador, dejaba sentada otra contradicción en la Constitución ecuatoriana: “Contiene un principio de no discriminación por razón de la orientación sexual en el art. 11, numeral 2, al mismo tiempo que contiene una regla discriminatoria por razón de la orientación sexual, en el art. 68, en cuanto impide el acceso a una institución, la adopción, a parejas unidas de hecho del mismo sexo”.
  • En ese contexto, en el 2013 arrancó la campaña “Matrimonio Civil Igualitario, los mismos derechos con los mismos nombres”. Estuvo liderada por Pamela Troya y Gabriela Correa, activistas LGTBIQ+, quienes se presentaron ante el Registro Civil de Quito para casarse. La institución les notificó lo siguiente: “previo a atender lo solicitado debían cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 de la Constitución de la República y 81 del Código Civil”.
  • Ese mismo año, el 13 de agosto, la pareja puso una acción de protección. La primera jueza dilató el proceso y adelantó su criterio sin escuchar a las demandantes. Otra jueza asignada se negó a conocer la causa, pero fue obligada a hacerlo y negó el pedido de Troya y Correa. Para hacerlo invocó a Dios. La pareja apeló ese falló, pero la Sala Laboral de la Corte Provincal rechazó la apelación. Su argumento fue este: “Si bien los seres humanos deben ser tratados de forma igualitaria en cuanto a los derechos fundamentales, no deben serlo en todo aquello que se vean afectados por las diferencias que naturalmente existen entre ellos”.  
  • El 23 de junio de 2014, Troya y Correa presentaron una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional, institución que la admite en diciembre de ese año. El caso Matrimonio Civil Igualitario permanece en la Corte Constitucional del Ecuador sin asignación de juez, sin llamarse a audiencia y sin fallo.
  • Al mismo tiempo, otra pareja luchaba por sus derechos: Diana Maldonado y Maribel Serrano. Ellas lograron después de dos años que la Unidad Judicial Penal, en Guayaquil, aprobara la inscripción de su unión de hecho en sus cédulas de identidad. Esto sucedió el 16 de junio de 2014.
  • Esa resolución tuvo varias trabas para que se cumpla. Maldonado y Serrano pusieron una acción de protección contra el Registro Civil, auspiciada por la Defensoría del Pueblo del Guayas. Tuvo un fallo favorable. Pero el Registro Civil ignoró la resolución y apeló. El caso subió a la Corte Provincial del Guayas que negó la acción de protección de la pareja.
  • Pero el 22 de agosto de 2014, el Registro Civil emitió la resolución N° 0174-DIGERCIC-DNAJ-2014 en la que permitió que se puedan registrar en la cédula de ciudadanía la unión de hecho. Eso por presiones del expresidente Rafael Correa quien se había reunido congrupos LGTBIQ+. El anuncio fue celebrado por los activistas en redes sociales tras la lucha de Diana Maldonado y Maribel Serrano.
  • En abril del 2015, las reformas al Código Civil establecieron el derecho de la comunidad LGTBIQ+ a la unión de hecho. Este es considerado como uno de los mayores logros en cuanto a derechos LGTBI. Pero para algunos grupos en esa normativa la Asamblea Nacional perdió una oportunidad para permitir que el Estado reconozca también el matrimonio igualitario.
  • Pero más allá de esa iniciativa, Correa siempre se mostró en contra del matrimonio igualitario y la adopción por parte de los grupos LGTIBQ+, a lo que llamó abiertamente “ideología de género”. Su posición fue visible incluso cuando visitó al Papa Francisco en el Vaticano, en abril de 2015. Allí le dijo: “La familia es la familia tradicional, mamá, papá e hijos”.  
  • Uno de las demandas más recientes contra el Registro Civil las protagonizó Efraín Soria y Javier Benalcázar. La pareja acudió el 7 de mayo del 2018 al Registro Civil para casarse, pero no lo pudieron hacer. Soria y Benalcázar pusieron una demanda ante la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. Esta pasó el caso a la Corte Constitucional. Le preguntó si en Ecuador se puede aplicar la Opinión Consultiva CC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece como un derecho el matrimonio igualitario. La resolución de la Corte Constitucional estaba por emitirse este 4 de junio de 2019. Pero ese día, la Corte comunicó que los jueces aún no se ponían de acuerdo. LA resolución fina llegó el 12 de junio cuando cinco jueces de la Corte (de un total de 8) votaron a favor.